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Abogado laboral

El abogado laboral se dedica a asesorar y representar asuntos laborales. Nuestra principal área de enfoque es el Derecho Laboral, una rama del derecho que regula las relaciones entre empleadores y empleados. Nuestro objetivo fundamental es establecer un equilibrio justo y proteger los derechos de los trabajadores en el ámbito laboral. Nos ocupamos de una amplia gama de temas relacionados con el empleo, como la contratación, las condiciones laborales, la seguridad y salud en el trabajo, los salarios, las prestaciones sociales, la negociación colectiva, la terminación del contrato laboral y la resolución de conflictos laborales.

Las causas de despido se encuentran indicadas en el 159, 160 y 161 del Código del Trabajo, las más común es la causal de “necesidades de la empresa”, que se registra por una baja en la actividad económica que pueda sufrir el empleador o por reestructuraciones de la empresa.

Hay otras causales que se derivan del comportamiento del trabajador, como pueden ser la ausencia sin causa justificada dos días seguidos dos lunes en el mes o un total de tres días en el mes, la salida injustificada del trabajador del lugar del trabajo, o comportamientos que impliquen un daño a la empresa o sus trabajadores

Se entiende que el despido es injustificado cuando la causal que indica el empleador es falsa, vale decir se indica una causal de los artículos 159, 160, o 161 del Código del Trabajo, pero esta no tiene una aplicación real.

El despido injustificado debe reclamarse inicialmente en la Inspección del Trabajo y sino se llega a acuerdo en esta instancia, se pasa al Juzgado del Trabajo. Los plazos son determinantes en estos casos, no pudiendo transcurrir más de 90 días desde el despido para interponer la demanda.

En estos casos de obtenerse una sentencia a favor del trabajador, las sanciones son duras para los empleadores, aumentándose las indemnizaciones desde un 30% hasta un 80% según sea el caso.

El autodespido me permite acceder a las indemnizaciones de un despido mediante una sentencia judicial que ordene el despido del trabajador.

Las causas del autodespido se deben a conductas del empleador que afectan la integridad psicológica o física del trabajador, conductas de acoso laboral o sexual.

Por ejemplo, el trabajador se considera acoso laboral al trabajador que lo contratan para realizar una tarea y lo destinan permanentemente a otras funciones para las cuales no fue contratado y no corresponden a su nivel profesional, o el trabajador que sufre ofensas en su trabajo incluso de un compañero de trabajo cuando el empleador no hace nada por detener la situación. De esta forma, en ocasiones lo que pretende el empleador es hostigar al trabajador de tal forma que este renuncie en vez de despedirlo para indemnizarlo por ello la ley creó esta figura del autodespido para evitar que el trabajador renuncie sin indemnización alguna.

La nulidad del despido ocurre cuando el empleador no pagó las cotizaciones del trabajador o esta contiene lagunas previsionales. En este caso, declarado nulo el despido el empleador debe pagar todos los meses de trabajados hacia atrás como si el trabajador hubiese trabajado, mas la indemnización por despido.

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