Herencia
El fallecimiento de nuestros seres queridos es un hecho que acarrea consecuencias emocionales y también jurídicas. La consecuencia jurídica del fallecimiento es la herencia, también conocida como posesión efectiva.
¿Cómo se tramita la herencia?
Actualmente, la solicitud de posesión efectiva se tramita en Registro Civil e Identificación y también en el Servicio de Impuestos de Internos, quienes determinan si se debe pagar o no impuesto a la herencia.
Sin embargo, si existe testamento, la solitud de herencia pasa a llamarse “apertura testamentaria” y debe presentarse una solicitud en el Juzgado Civil que corresponde al ultimo domicilio del difunto, siempre asistido con abogado civil.
¿Cómo se reparte la herencia?
Los primeros en heredar son el marido o la mujer (cónyuge sobreviviente) si existe en conjunto con los hijos.
Al cónyuge le corresponde el doble de lo que lleva cada hijo. Si sólo hubiera un hijo, la cuota del cónyuge será equivalente a la de ese hijo. Si no hubiera cónyuge, heredan sólo los hijos.
Si no tiene hijos, heredan los padres u otros ascendientes más próximos y su cónyuge.
Si faltan los anteriores, heredan los hermanos, sean por parte de padre y madre, o sólo de uno de ellos.
En caso de estar fallecido alguno de los hermanos, heredan en su lugar los hijos de ese hermano fallecido, es decir, los sobrinos del causante.
En caso de faltar todos los anteriores, heredan los parientes que, descendiendo de un tronco común, no son ascendientes ni descendientes del causante. En primer lugar, están los tíos. En caso de no existir ningún tío vivo, heredan los primos de la persona fallecida.
A falta de todos los herederos señalados le corresponde al Fisco.
¿Es necesario realizar un testamento?
Realizar un testamento es recomendable cuando se quiere beneficiar en mayor medida a algunas personas, ya sea un familiar o un amigo.
Se puede disponer libremente de un 25% de la herencia y del otro 25% se puede beneficiar a algunos familiares cercanos en específico, por ejemplo, si usted quisiera beneficiar mas a su marido o mujer.
De esta forma, existe un 50% de la herencia que va sí o sí a favor de los familiares más cercanos, por ejemplo; marido o mujer, hijos, según el caso; y del resto existe mayor flexibilidad.
Es importante que sea redactado por un abogado para que quede con claridad todo estipulado de acuerdo con la ley, en un tema tan delicado donde no se pueden cometer errores. Luego de redactado, lo mas común es que firme el testamento en notaría con la presencia de tres testigos.
¿Necesita redactar un testamento? ¡Contacte con nosotros ahora!
¿Qué puedo hacer si un heredero no quiere vender?
Cuando un heredero no quiere vender la propiedad o bien raíz que le pertenece a varios, vale decir una herencia comunitaria, lo mejor es pasar el asunto a manos nuestras.
Lo primero que haremos será ponernos en contacto con todos los herederos para tratar de llegar a un acuerdo sobre como dividir la propiedad, si lo logramos iremos a notaria para la firma y inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces, de no ser posible llegar a un acuerdo, se debe presentar una demanda en Juicio de Partición.
¿Necesita un abogado civil? ¡Contacte con nosotros ahora mismo!
Productos relacionados
Páginas
MI ABOGADO
Tel. +56 223683085
Whats. +569 99405756
L-V: 9:00-14:30, 16:30-21:00